El núsimple total de oficinas de farmacia para la dispensación al sabido de especialidades farmacéuticas en cada municipio no podrá exceder de una por cada cuatro mil habitantes. Ello a excepción de cuando concurran alguna de las circunstancias siguientes: Aún habrá que seguir poniéndosela en centros y servicios sanitarios como http://farmaciascaballo.com.mx/cart?add=1&id_product=446&token=7be39122f841d3997933e864d5d8993e